
La Audiencia Nacional ha abordado la importancia de contar con un perito informático colegiado y debidamente cualificado en el análisis de evidencias digitales.
En su sentencia de 27 de mayo de 2024, la Sala de lo Penal analiza cuestiones relacionadas con la cualificación profesional de los peritos informáticos.
Además, analiza aspectos relacionados con la preservación de la cadena de custodia de las evidencias digitales.
Asimismo, la resolución destaca la relevancia de un análisis informático forense riguroso. Este resulta especialmente importante cuando existen dudas sobre la autenticidad de las pruebas electrónicas aportadas en un procedimiento judicial.
La Audiencia Nacional destaca la importancia del perito informático colegiado
El Fundamento Jurídico Segundo, letra Ñ, establece:
Existen numerosas ocasiones en las que un peritaje informático es determinante en un proceso penal. Por ejemplo, en el sabotaje de un sistema informático, en la distribución ilegal de ficheros protegidos por las leyes de propiedad intelectual, en la tenencia o distribución de ficheros ilegales (por ejemplo, de pornografía infantil), e inclusive, en el ámbito laboral, en delitos contra la propiedad industrial (como el espionaje industrial), de revelación de secretos (como la inspección no autorizada de buzones de correo electrónico), etc. En todos estos casos, la intervención de un perito informático, bien de parte, bien de alguna de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, es esencial para establecer y formalizar la acusación. Es, además, absolutamente imprescindible que, en un proceso judicial de estas características, el perito informático tome todas las precauciones que estén a su alcance para garantizar la preservación de la cadena de custodia de las pruebas, al objeto de que la acusación se pueda formalizar con todas las garantías procesales para el acusado.
Así pues, en estas situaciones, es vital contar con los servicios de un perito informático colegiado – es decir, un perito titular según el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que atribuye únicamente la titularidad a los peritos que han cursado estudios universitarios en su materia y la no titularidad a los que no -, al objeto de poder argumentar con la mayor firmeza y, siempre desde el mejor punto de vista técnico – que sólo puede proporcionar un profesional colegiado -, que el primer análisis no fue llevado a cabo siguiendo los protocolos de la informática forense y, por tanto, que la prueba está alterada y la cadena de custodia rota. Si la única prueba contra el acusado, por tanto, es una pericial informática no ortodoxa, al tratarse de un proceso penal, el juez probablemente aplicará el principio jurídico conocido como in dubio pro-reo y declarará absuelto al acusado.
De ahí que la impugnación de la autenticidad de cualquiera de estos formatos electrónicos, cuando son aportadas la causa mediante archivos de impresión, desplaza la carga de la prueba hacia quien pretende aprovechar su idoneidad probatoria. Será indispensable en tal caso la práctica de una prueba pericial que identifique el verdadero origen de esa comunicación, la identidad de los interlocutores y, en fin, la integridad de su contenido.
Esta sentencia tiene especial relevancia para los peritos informáticos y para los profesionales de la Ingeniería e Ingeniería Técnica en Informática.
La Audiencia Nacional destaca la importancia de la cualificación profesional en el análisis de evidencias digitales. Asimismo, pone de relieve el valor de la titulación oficial y la colegiación del perito informático.
En este contexto, resulta relevante el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Este precepto distingue entre peritos titulares y no titulares.
Los primeros disponen de un título oficial en una disciplina cuyo ejercicio está reglamentado por la Administración. Por su parte, los peritos no titulares poseen conocimientos especializados, aunque carecen de dicha titulación.
Además, el artículo 458 establece la preferencia por los peritos titulares frente a quienes no poseen esa condición.
Por tanto, es fundamental que los profesionales que intervienen en procedimientos judiciales acrediten correctamente su formación, experiencia y cualificación.
La presentación de credenciales profesionales inexactas puede generar dudas sobre la fiabilidad del informe pericial. Asimismo, una falsa atribución de títulos o habilitaciones podría tener consecuencias jurídicas, dependiendo de las circunstancias concretas.
No se presentó informe pericial informático
En la sentencia se indica:
Planteada esta cuestión, lo cierto, es que ninguna de las acusaciones propuso prueba pericial informática
alguna respecto a la documentación electrónica incautada – sin que se pueda considerar suficientes a este respecto los informes de la UDEF o de la IGAE que no eran en sí mismos periciales informáticas y que tampoco en sí abordaron la cuestión de la certificación pericial de la autenticidad de dicho correo impugnado. Y al no haberlo hecho así, no puede este Tribunal sino poner en duda su autenticidad, todo ello con las consecuencias en orden a la prueba a los hechos imputados que después se dirán.
De este modo, la Audiencia Nacional analiza la naturaleza de los informes elaborados por las Unidades de Delitos Tecnológicos de la Policía.
Según la interpretación expuesta, dichos informes no reúnen los requisitos de un informe pericial informático para acreditar la autenticidad de una comunicación electrónica.
En consecuencia, el tribunal no admitió el correo electrónico como prueba, basándose en los argumentos expuestos.
La cualificación profesional de los peritos y su intervención en los procedimientos penales deben analizarse conforme a la legislación vigente. En este sentido, los artículos 456 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regulan distintos aspectos de la prueba pericial.
¿Por qué contratar un perito informático colegiado?
Contar con un perito informático titulado permite disponer de un profesional cuya titulación y pertenencia a un colegio profesional pueden verificarse.
Además, su intervención resulta especialmente relevante para analizar evidencias digitales y preservar su integridad. También permite elaborar informes periciales informáticos que pueden aportarse en procedimientos judiciales.
En Ciberforensic contamos con ingenieros informáticos colegiados, especializados en informática forense y elaboración de informes periciales. Nuestros profesionales disponen de la formación y cualificación necesarias para intervenir como peritos ante los tribunales de justicia.
Asimismo, ofrecemos la posibilidad de solicitar el visado colegial de nuestros informes periciales. Este trámite incorpora una comprobación formal por parte del colegio profesional y aporta garantías adicionales sobre determinados aspectos del trabajo realizado.
Para más información, puedes contactar gratuitamente con nuestro equipo de peritos informáticos. Estudiaremos tu caso y te asesoraremos sobre las posibilidades de realizar una investigación pericial.
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